Transporte

Aena insta a denunciar a las aerolíneas que no dejen embarcar artículos del aeropuerto

La Ley de Navegación Aérea permite al viajero transportar los bultos adquiridos en el duty-free de manera gratuita

16/04/2012

8:36 horas

Las limitaciones de la aerolínea para embarcar con productos del duty-free deberán basarse en razones de seguridad, peso, volumen y características de la aeronave.

Las limitaciones de la aerolínea para embarcar con productos del duty-free deberán basarse en razones de seguridad, peso, volumen y características de la aeronave.

La red de aeropuertos de Aena recomienda a los pasajeros que denuncien la indebida denegación del embarque de productos comprados en los duty-free, ya que, según una ley, las compañías están obligadas a dejar pasar a los viajeros con los bultos adquiridos en las tiendas del aeródromo y deben hacerlo de manera gratuita.

Concretamente, el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea prevé que “el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluido los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos”.

El texto normativo también informa de que “únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de las aeronaves”.

En caso de se reúna algún de los mencionados motivos para que los bultos no puedan ser embarcados, la compañía está obligada por ley a informar adecuadamente al pasajero.

El artículo recoge que “no será admisible cualquier limitación” impuesta por la compañía ya que las mismas “deberán ser razonables y objetivas basadas en razones de seguridad, peso, volumen y características de la aeronave”.

La obligación es parte del contrato de transporte que liga al pasajero con la compañía aérea y que se recoge del correspondiente billete, donde deben aparecer reflejados los términos de dicha obligación del transporte de bultos.

La inspección del cumplimiento de la obligación de las compañías aéreas de transportar de forma gratuita en cabina compete a la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).

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