Alojamiento

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias anula el decreto de alquiler vacacional regional

El reglamento del Ejecutivo canario vulnera la libre competencia, según la sentencia del TSJC

Publicada 26/04/2017

13:42 horas

 - Actualizada 27/04/2017

9:21 horas

La sentencia no ve justificado que un cliente que solo desea alquilar una habitación tenga que arrendar toda una vivienda.

La sentencia no ve justificado que un cliente que solo desea alquilar una habitación tenga que arrendar toda una vivienda.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado el núcleo central del decreto que pretende regular el alquiler de viviendas de uso turístico en las islas, según ha adelantado la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (Ascav), que ha celebrado la “contundente” sentencia que “tumba” la regulación del Ejecutivo canario.

La resolución anula principalmente los puntos críticos del Decreto 113/2015 relativos a la prohibición de las viviendas vacacionales en zonas turísticas y la prohibición del Bed & Breakfast.

Ascav ha insistido en una nota de prensa en que el decreto “obedece única y exclusivamente a satisfacer las exigencias de una patronal hotelera específica, perjudicando los intereses no solo de miles de canarios y residentes particulares, sino también de la economía local, como denunciaron el pasado 29 de marzo la Federación de Trabajadores Autónomos de Canarias, Federación de Desarrollo Empresarial y Comercial de Canarias, Colegio de Administradores de Fincas de Tenerife, entre otros”.

Para la asociación, el contenido de la sentencia “no puede ser más demoledor”, puesto que, dijo, el propio TSJC califica de “falacia” los argumentos del Gobierno de Canarias para excluir las viviendas vacacionales de las zonas turísticas, añadiendo que “la única explicación plausible a esta cortapisa es que con ello se trata de favorecer la oferta de productos alojativos tradicionales implantados mayoritariamente en estas zonas turísticas, vulnerando con ello la libre competencia en la prestación de servicios”.

Alquiler de habitaciones

Ha añadido que la sentencia entiende “injustificada” la prohibición del Bed & Breakfast –alquiler de habitaciones por particulares– “pues no hay razones para exigir a un cliente que solo desea contratar una habitación para alojarse, asumir el coste del arrendamiento de la totalidad de la vivienda, si el propietario desea ofrecerle este servicio”.

No obstante, ASCAV mantiene la prudencia toda vez que la sentencia aún no es firme, pues el Gobierno de Canarias puede interponer recurso ante el Tribunal Supremo.

“La cuestión –continuó la asociación– es si el Gobierno de Canarias va a continuar dilapidando fondos públicos de todos los canarios para beneficiar a un sector de un lobby hotelero concreto recurriendo el Decreto, o de una vez por todas va a permitir que todos los canarios se beneficien del turismo”.

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