Desde este jueves, los ciudadanos de la Unión Europea dejarán de tener que pagar de más por utilizar sus datos móviles fuera de su país así como por hacer llamadas o enviar mensajes, lo que significa el punto final del roaming.
Por este motivo, la Comisión Europea (CE) ha informado sobre cómo funcionarán las comunicaciones móviles a partir de ahora cuando se viaje al extranjero.
Al viajar a otro país y llamar por teléfono, enviar un SMS o navegar por internet con un teléfono móvil o cualquier dispositivo dotado de una tarjeta SIM del país originario, se están utilizando redes móviles en itinerancia, lo que se conoce como roaming.
Al hacer utilizar redes de una compañía extranjera, el operador telefónico con el que se trabaja está obligado a pagar al operador local por la utilización de sus redes, un coste denominado como precio mayorista y que hasta el momento, la compañía contratada acababa remitiendo al consumidor.
La CE, alerta que llamar desde España al extranjero no es roaming, lo que significa que si un usuario llama desde Madrid a un familiar que está de vacaciones en Londres, el que llama desde la capital española tendrá que pagar un sobrecargo por llamada internacional aunque el que está en Londres no tendrá que abonar nada.
¿En qué países no habrá que pagar?
No se pagarán costes de roaming a partir de este jueves en ninguno de los 28 países de la Unión Europea: Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, España, Suecia y Reino Unido.
Además, está programado que se añadan más tarde los países del Área Económica Europea: Islandia, Liechtenstein y Noruega.
Aunque las operadoras móviles están obligadas a notificar a sus clientes que ya pueden disfrutar de roaming gratuito en la UE, no es necesario hacer nada en el dispositivo para activarlo ya que se hará de manera automática.
Límites en la nueva norma
Se considera que se está haciendo un uso justo o razonable de las redes móviles de itinerancia cuando se pasa más tiempo en el país de origen del usuario (o al que pertenece la entidad que gestiona la tarjeta SIM), que en el extranjero.
Para evitar fraudes al respecto, el operador móvil puede comprobar la cantidad de tiempo durante el que un cliente ha disfrutado del roaming durante los últimos cuatro meses consecutivos y en algunos casos, incluso más.
Si se detectan abusos el operador de telefonía móvil puede ponerse en contacto con el cliente para informarle de que podría estar sujeto a cargos añadidos por roaming si dos semanas después del aviso continúa en el extranjero
Si en este margen el cliente vuelve a conectarse a su red doméstica, no se le aplicarán cargos. En caso de que no lo haga, el operador puede establecer cargos adicionales desde la fecha del aviso en adelante.
Así, si cuando se viaja a la UE, se puede disfrutar libremente del romaing siempre y cuando el operador no se ponga en contacto con el cliente para notificar que ha sobrepasado el límite establecido por la ‘cláusula de uso razonable’.
Al respecto, los expertos de la Comisión Europea recomiendan que si se trata de viajes de más de cuatro meses o de una residencia temporal de más de este tiempo, se contrate una tarifa con un operador local.
Tarifas con muchos gigas a bajo precio
En las tarifas con gran cantidad de datos a precios bajos, el operador puede establecer un límite a los datos que puede usar el usuario fuera de su país, informando siempre al cliente de ello. En todos los casos, este límite deberá superar la cantidad de datos que resulte de dividir el precio mensual sin IVA de la tarifa por el precio máximo por giga establecido para el mercado mayorista (actualmente en 7,7 euros) y multiplicarlo por dos.
Si estando en el extranjero, se superan los servicios contratados con la operadora, es decir, llamo más de lo contratado o supero el uso de datos por el que pago, la operadora podrá establecer recargos que nunca podrán superar los máximos establecidos por la Comisión Europea: 3,2 céntimos por minuto en llamadas de voz (+IVA), 1 céntimo por SMS (+IVA); 7,7 euros por giga de datos (+IVA)
Viajes en barco y avión
En los viajes por barco o avión dentro de la UE, se puede utilizar el roaming sin recargos siempre que el viajero esté conectado a una red de telefonía móvil terrestre.
Si los servicios móviles se prestan por satélite, no se aplica el roaming sin recargos y se deberá abonar el coste de los servicios de roaming no reglamentado (sin límites de precios).