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Ifema podrá acoger conciertos y competiciones con la aprobación de los nuevos estatutos

La presidencia de la Junta Rectora será rotatoria por un periodo de un año y pertenecer a este órgano no conllevará remuneración

19/11/2015

8:51 horas

Los nuevos estatutos simplificarán la estructura orgánica de Ifema, reduciendo el número de órganos y de sus representantes.

Los nuevos estatutos simplificarán la estructura orgánica de Ifema, reduciendo el número de órganos y de sus representantes.

Las instalaciones de Ifema podrán acoger conciertos, competiciones y representaciones tras la aprobación de los nuevos estatutos de la entidad por parte de la Junta Rectora de la Feria el 14 de diciembre.

Se trata de una de las novedades de los nuevos estatutos de la entidad, que se han aprobado inicialmente por unanimidad este miércoles por parte de las instituciones que se dividen el 93% del capital de la institución: la Comunidad de Madrid (31%), la Cámara de Comercio (31%), el Ayuntamiento de Madrid (31%) y la Fundación Montemadrid (7%).

En la reunión de este miércoles han participado la consejera de Economía, Empleo y Hacienda, Engracia Hidalgo, el presidente de la Junta Rectora de Ifema y coordinador general de Alcaldía del Ayuntamiento de Madrid, Luis Cueto; el presidente de la Cámara de Comercio de Madrid, Arturo Fernández; el director de la Fundación Montemadrid, José Guirao, y el presidente de CEIM, Juan Pablo Lázaro.

En la cita se ha acordado por unanimidad el cambio de estatutos para “avanzar hacia un modelo más profesional” en la composición de sus órganos, pero también la ampliación del objeto social de Ifema. De esta manera, según ha avanzado la presidenta autonómica, Cristina Cifuentes, las instalaciones del Campo de las Nacionales podrán acoger "otra serie de eventos".

“A los macroconciertos se irá en Metro. Se podrá ir a los sitios mejores del mundo para ir a grandes conciertos”, ha destacado el presidente de la Junta Rectora de Ifema y coordinador general de Alcaldía del Ayuntamiento de Madrid, Luis Cueto.

En concreto, se podrán celebrar conciertos, competiciones o representaciones que redunden en beneficio del comercio, la industria y los servicios de la comunidad de Madrid.

Además, previo pago de un canon, se podrán ceder las instalaciones para la realización de eventos que no perjudiquen la imagen de Madrid y sean conformes a la legalidad. Por otra parte, los nuevos estatutos incluirán la posibilidad de realizar ferias de carácter virtual además de las presenciales.

Simplificación de la estructura orgánica

En cuanto a la parte orgánica, uno de los cambios pasa por que la presidencia de la Junta Rectora pasa a ser rotatoria por un periodo de un año, entre los tres principales consorciados. En ningún caso, ni la presidencia ni la pertenencia a la Junta conllevará remuneración ninguna.

Los nuevos estatutos simplificarán la estructura orgánica de Ifema, reduciendo el número de órganos y de sus representantes. Así, la Junta Rectora se convierte en un órgano de supervisión con representación de los entes consorciados y el Comité Ejecutivo se transforma en un órgano ejecutivo de forma semejante al Consejo de Administración de una sociedad mercantil.

Se elimina la Comisión de Planificación y sus funciones pasan a ser asumidas por la Junta Rectora y el Comité Ejecutivo. A la Junta Rectora, al ser un órgano de supervisión, le corresponderá la aprobación del presupuesto, la modificación de Estatutos, la aprobación de los Planes Estratégicos de la Institución, la modificación del reglamento de régimen interior y de prestación de servicios, entre otros.

Estricto régimen de incompatibilidades

Además, se establece un estricto régimen de incompatibilidades en la toma de decisiones para los miembros de la Junta Rectora. De esta manera, los miembros de la Junta no podrán participar ni intervenir en las deliberaciones y votaciones sobre aquellas cuestiones en las que pudiera existir un interés particular o de la entidad a la que representen, o por las que pudieran verse afectados.

No podrán concurrir en las licitaciones de aprobación de obras, servicios y suministros, así como en la aprobación de concesiones, cuando por su condición, pudieran resultar incompatibles con el correcto desarrollo de sus funciones.

 

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