El Govern ha aprobado el nuevo reglamento del impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos con el objetivo de "actualizarlo para dar respuesta a los cambios que se han producido durante los últimos tiempos en el sector turístico", según ha informado la Generalitat.
El nuevo reglamento incorpora la figura del asistente en la recaudación, que hará de intermediario entre el titular del establecimiento y la persona que se aloja y será habilitado por el director de la Agencia Tributaria de Catalunya a través de una auditoría previa.
Para los cruceros turísticos, el reglamento establece que las autoridades portuarias deben remitir a la ATC la relación de embarcaciones que han amarrado, así como el número de pasajeros y las fechas de inicio y fin de amarraje.
Autoliquidación agregada
Respecto a las novedades sobre la liquidación del impuesto, destaca la denominada autoliquidación agregada, es decir, la posibilidad de efectuar el pago en un solo trámite de las cuotas del tributo referidas a cada uno de los establecimientos o equipamientos turísticos.
Por otro lado, el calendario de tributación ha pasado de ser trimestral a tenerse que liquidar dos veces al año: del 1 de abril al 30 de septiembre del mismo año, y del 1 de octubre al 31 de marzo del siguiente.