Aerolíneas

Iberia y Vueling entregan al Gobierno sus planes de contingencia ante un Brexit duro

España tiene de plazo dos meses para validar los planes de las dos compañías y que puedan seguir volando

Publicada 12/04/2019

13:29 horas

 - Actualizada 13/04/2019

6:03 horas

AESA es la encargada de conceder en un primer momento la licencia a Iberia y Vueling para que continúe con normalidad su actividad actual.

AESA es la encargada de conceder en un primer momento la licencia a Iberia y Vueling para que continúe con normalidad su actividad actual.

Las aerolíneas Iberia y Vueling, pertenecientes al grupo IAG, han entregado ya a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), organismo adscrito al Ministerio de Fomento, sus respectivos planes de contingencia ante un escenario de Brexit duro, dentro del plazo que se había fijado para ello, según han confirmado a Europa Press en fuentes del holding aéreo, que han evitado dar detalles específicos de su contenido.

“No proveemos detalles específicos, pero reiteramos que tenemos la convicción de que cumpliremos con la normativa aplicable sobre propiedad y control en la Unión Europea, después del Brexit”, ha asegurado una portavoz de la matriz de Iberia y Vueling, que agrupa también a British Airways (BA) y Aer Lingus.

Ambas aerolíneas hicieron llegar el pasado miércoles sus planes al regulador competente en España, la AESA, como compañías con licencia de operador aéreo emitida en España, un día antes de que expiraba el plazo.

La AESA tendrá dos meses, hasta el 12 de junio, para evaluar los planes de contingencia presentados por Iberia y Vueling, que convenzan a Bruselas de que tras el Brexit seguirán cumpliendo las exigencias comunitarias que permiten operar rutas entre destinos de la Unión Europa. Según explican desde este organismo, será la AESA la que eleve su informe directamente a la Comisión Europea.

La entrega de los planes de contingencia de Iberia y Vueling llega unos días después de que la Unión Europea y el Reino Unido llegasen a un acuerdo para el aplazamiento del Brexit hasta el día 31 de octubre, una noticia que ha celebrado la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, que ha declarado que “da tranquilidad” al turismo de cara a las temporadas de Semana Santa y verano.

Fuera de nuestras fronteras, la Asociación de Agencias de Viajes Británicas, se ha mostrado confiada en que la extensión del plazo para el Brexit “impulsará las reservas de verano”.

Un periodo de seis meses

A partir de este viernes, corre además el periodo de seis meses que la UE ha acordado dar a las aerolíneas para cumplir con las obligaciones de propiedad y control que les permitan operar como compañías europeas tras el Brexit, en cualquiera de sus escenarios.

Las reglas comunitarias establecen que las licencias de explotación para vuelos dentro de la Unión Europea (UE) se asignen a compañías cuyo control efectivo recaiga sobre un Estado miembro o sus nacionales y que la propiedad del 50% más una de las acciones sea también europea.

Si las aerolíneas consideradas europeas hasta ahora por tener una participación mayoritaria británica se mantienen sin cambios, perderán este estatus europeo con la salida Reino Unido del club y, por tanto, perderían también su licencia intraeuropea automáticamente, por lo que requieren una reestructuración de su accionariado.

Desde IAG siguen defendiendo que el grupo es una compañía española, con sede social en Madrid, y que sus aerolíneas tienen certificados de operación establecidos "desde el inicio de sus operaciones y apoyados por sólidos negocios en España, Irlanda, Francia, Austria y el Reino Unido brindando empleo a decenas de miles de ciudadanos europeos y operando una flota de 573 aviones".

Licencia de Aesa, supervisión europea

Las licencias de explotación las asignan las autoridades competentes nacionales, en el caso de España la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), y por tanto les correspondería a ellas conceder en un primer momento la licencia a Iberia y Vueling para que continúe con normalidad su actividad actual.

Pero la Comisión Europea supervisa la concesión de las licencias y puede impugnarlas si considera que en algún caso han sido asignadas contraviniendo las normas para la explotación de servicios aéreos de la UE.

En este caso, Bruselas iniciaría nuevos contactos con las autoridades nacionales para pedir más información y pruebas de que la licencia cumple los requisitos legales.

De no darse por satisfecha con este intercambio, la Comisión puede reclamar a la autoridad que ha concedido el permiso "medidas correctivas adecuadas o que suspenda o revoque la licencia de explotación", según recoge la normativa comunitaria.

La suspensión de esta licencia implica que una aerolínea no puede operar vuelos dentro de la Unión Europea, aunque podría recurrir la decisión ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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