Agencias y TTOO

Las agencias celebran que Consumo les permita emitir bonos en lugar de efectuar reembolsos

CEAV, UNAV y Acave consideran que la medida “supondrá un alivio” para el sector

Publicada 31/03/2020

17:39 horas

 - Actualizada 03/04/2020

10:46 horas

Diego Montes

Países como Bélgica, Italia o, más recientemente, Francia, también tienen la posibilidad de emitir estos bonos.

Países como Bélgica, Italia o, más recientemente, Francia, también tienen la posibilidad de emitir estos bonos.

Las asociaciones de agencias de viajes CEAV, UNAV y Acave han celebrado que el Ministerio de Consumo haya aceptado sus peticiones y permita emitir bonos en lugar de efectuar reembolsos, tal y como venían reclamando desde hace semanas.

El presidente de CEAV, Carlos Garrido, se ha mostrado satisfecho con la nueva medida y ha declarado a AGENTTRAVEL que con esta disposición “se pone fin a una injusta indefensión”. “Hemos hecho mucha fuerza y afortunadamente nos han hecho caso”, ha añadido.

Asimismo, Garrido ha destacado que el paso dado por Consumo “supondrá un alivio para las agencias de viajes, ante la situación generalizada de nuestros proveedores de no reembolsar a los pasajeros”.

Por su parte, el presidente de UNAV, José Luis Méndez, ha afirmado que la implantación unilateral del sistema de bonos por parte de las compañías aéreas creaba a las agencias de viajes “un verdadero problema” tanto a los clientes como a las agencias y situaba a estos últimos “en un plano de verdadera indefensión para cumplir con la Ley de Viajes Combinados”.

Por tanto, añade Méndez, la nueva medida es “una magnífica noticia que alivia a un sector maltratado y, sobre todo, que confiere a los consumidores mayores garantías, pues tal y como estaba ahora generaba un verdadero problema tanto a las agencias como a los viajeros”.

Del mismo modo, Acave ha valorado positivamente que el Gobierno haya aprobado este martes la flexibilización de la normativa de viajes combinados antes la crisis ocasionada por el coronavirus.

Según ha denunciado la asociación, algunos proveedores, principalmente compañías aéreas, se están negando a realizar reembolsos en efectivo, entregando en su lugar bonos, por lo que consideran que esta medida “dará un respiro a las agencias de viajes que se encontraban en la tesitura de tener que dar la cara ante sus clientes ante la injustificada negativa de la mayoría” de estas compañías.

Un bono con un año de duración

La medida aprobada por el Consejo de Ministros este martes supone que en el caso de contratos de viaje combinado, que hayan sido cancelados con motivo de la COVID-19, el organizador o, en su caso el minorista, podrán entregar al consumidor o usuario un bono para ser utilizado dentro de un año desde la finalización de la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, por una cuantía igual al reembolso que hubiera correspondido.

Transcurrido el periodo de validez del bono sin haber sido utilizado, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado. En cualquier caso, el eventual ofrecimiento de un bono sustitutorio temporal deberá contar con un respaldo financiero que garantice su ejecución.

No obstante, el organizador, o en su caso el minorista, deberán proceder a efectuar el reembolso a los consumidores en el supuesto de que estos solicitaran la resolución del contrato, de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del artículo 160 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, siempre que los proveedores de servicios incluidos en el contrato de viaje combinado hubieran procedido a la devolución total del importe correspondiente a sus servicios.

Si solo algunos de los proveedores de servicios del viaje combinado efectuaran la devolución al organizador o, en su caso, al minorista, o la cuantía devuelta por cada uno de ellos fuera parcial, el consumidor tendrá derecho al reembolso parcial correspondiente a las devoluciones efectuadas, siendo descontado del importe del bono entregado por la resolución del contrato.

El organizador o, en su caso, el minorista, procederán a efectuar los reembolsos citados anteriormente en un plazo no superior a 60 días desde la fecha de la resolución del contrato o desde aquélla en que los proveedores de servicios hubieran procedido a su devolución.

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6 COMENTARIOS

JUAN ANTONIO

02/04/2020 | 18:38 horas

#6

No entiendo el titular " Las agencias celebran que Consumo les permita emitir bonos en lugar de efectuar reembolsos "
No se que vamos a celebrar, que en vez de pagar ahora pagaremos dentro de un año. Como a esto no se le de otra vuelta de tuerca vamos al hoyo todos.
Que Dios nos ampare.

juan miguel

01/04/2020 | 20:57 horas

#5

Es un paso adelante en una lei absurda que, no consigo aun entender, fue permitida y quizas, nunca contestada, que fuese publicada...me refiero a esa lei que dice que "Antes do início da viagem e sem pagar taxa de rescisão: caso se verifiquem circunstâncias inevitáveis e excecionais no destino ou na sua proximidade que afetem a concretização da viagem ou o seu transporte, a lei confere-lhe o direito de rescindir o contrato antes do início da viagem, sem pagar qualquer taxa de rescisão, recebendo o reembolso integral dos pagamentos efetuados" de momento, no abre las puertas a que tengamos que defender com uñas y dientes la tesis de convencer a nuestros clientes que el bono es algo positivo....pero, realmente la otra parte de este ajuste, que lo que hace es posponer algo que más tarde o más temprano no vá a caer encima, no lo veo victorioso. Este ajuste tendria que ser como lo que estan haciendo en las companhias aereas, algunas...un bono con validad de 12 meses y si no lo usan pues lo pierden, el consumidor, no las agencias que, a buen ver, somo meramente comisionistas y no podemos exigir a los demás que nos devuelvan lo que se les haya pagado. de todos modos, caso algunos clientes pretendam acogerse a la rescision del contrato, creo que se aplicaram las condiciones estipuladas para tal y se podrá aplicar la clausula de tasa de rescision e los gastos de gestion...cierto? bueno, de momento, algo és algo e paramos los pies a los clientes menos sensatos. despues ya veremos. os deseo suerte a todos. salud!

Agente de viajes

01/04/2020 | 19:06 horas

#4

Lo dicho, las mayoristas se quedan el dinero durante 60 días y nosotros nos comemos a los clientes y sus reclamaciones. En fin, un día más en la oficina.
Gracias asociaciones de “agencias de viajes” por velar por nuestros intereses.

CARMEN

01/04/2020 | 10:50 horas

#3

COMO SIEMPRE TODO LO PAGAMOS LAS AGENCIAS DE VIAJES, DESPUÉS DE HABER TRABAJADO LA RESERVA, TRABAJADO LA ANULACIÓN, PELEARTE CON COMPAÑÍAS AÉREAS, Y DEMÁS PROVEEDORES, NOS QUEDA QUE SI LOS CLIENTES DECIDEN QUE AL FINAL NO LES INTERESA EL BONO, QUE VEREMOS QUIEN QUIERE EL BONO EN VEZ DEL DINERO, PUEDEN VENIR A LA AGENCIA Y RECLAMARTE TODO LO QUE TU NO HAS COBRADO, LO TENGAS O NO, CON TODAS LAS FACILIDADES DEL MUNDO PARA EL CONSUMIDOR Y NINGUNA PROTECCIÓN A NOSOTROS AGENCIAS DE VIAJE, Y SI TIENES ALGÚN PROBLEMA CON ALGÚN CLIENTE, TE PAGAS EL ABOGADO PARA DEFENDER TU TRABAJO Y QUE LOS PROVEEDORES NO TE DEVUELVAN LO QUE LES CORRESPONDE, CON UNA LEY DE CONTRATOS DE VIAJES COMBINADOS ABUSIVA, DONDE A NOSOTROS INTERMEDIARIOS DE VIAJES SE NOS CARGA ABSOLUTAMENTE TODA LA RESPONSABILIDAD DE LO QUE OCURRA EN UN VIAJE, LO QUE SEA LO PAGAMOS NOSOTROS, NOS HAN DEJADO TOTALMENTE DESPROTEGIDOS, ESO SI NOS HAN SUBIDO EL AVAL ....

Agente

01/04/2020 | 10:29 horas

#2

Esto es pan para hoy y hambre para mañana.
El cliente tan solo tiene que esperar un año para poner entre la espada y la pared a la agencia exigiendole la devolucion de un dinero que esta no ha recuperado.
Con el agravante de que los bonos de las compañias aereas, que para variar se saltan la ley a su antojo, cuentan desde la emision y no desde la cancelacion.
Esta muy bien, en vez de quebrar hoy quebraremos dentro de un año y aqui todos tienen su dinero excepto los pringados de siempre

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