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La Audiencia Nacional ordena a Globalia devolver 17,4 millones a Hacienda por el IVA de Travelplan

La compañía no presentó las declaraciones al entender que queda exenta del pago por estar domiciliada en Canarias

Publicada 12/04/2021

8:57 horas

 - Actualizada 14/04/2021

16:28 horas

En octubre de 2009, el Grupo Globalia reorganizó la estructura de la división mayorista, bajo la marca Travelplan.

En octubre de 2009, el Grupo Globalia reorganizó la estructura de la división mayorista, bajo la marca Travelplan.

La Audiencia Nacional ha emitido una sentencia en la que ordena a Globalia a devolver 17,49 millones de euros a la Agencia Tributaria en concepto de IVA por los ejercicios de 2010 y 2011 de Travelplan, su división mayorista.

Durante esos ejercicios, Globalia no presentó liquidaciones de IVA para Globalia Travel Club Spain, al entender que, al estar domiciliada en Canarias, quedaba exenta del pago de dicho impuesto.

No obstante, la Audiencia considera en la sentencia, fechada el 11 de marzo de 2021, que la compañía desarrolla su actividad de agencia de viajes mayorista “sirviéndose de medios materiales y humanos que el Grupo Globalia –al que pertenece– tiene en el territorio de aplicación de impuesto desde el cual se organizan los viajes combinados y/o paquetes turísticos y, por tanto, su actividad está sujeta y no exenta de IVA”.

Fragmentación del negocio mayorista

En octubre de 2009, el Grupo Globalia reorganizó la estructura de la división mayorista, bajo la marca Travelplan, cuyo producto se elaboraba y comercializaba por la entidad Travelplan. La reestructuración implicó la fragmentación del negocio mayorista traspasando parte de las actividades a dos sociedades de nueva creación y manteniendo otra parte de las actividades la propia Travelplan, pero cambiando de denominación.

Tras esta reestructuración, Globalia Travel Club Spain, domiciliada en Canarias, no presentó autoliquidaciones por IVA en 2010 y 2011, presentando solo autoliquidaciones por el Impuesto General Indirecto Canario.

La Inspección Tributaria inició una investigación en 2013 por la que, en 2014, realizó una reclamación económica a la compañía ya que su actividad no está exenta de IVA, lo que inició trámites y recursos judiciales que han desembocado en la sentencia de la Audiencia Nacional.

Esta señala que la gestión, dirección y toma de decisiones fundamentales de la compañía “se ha llevado a cabo en las sedes que el Grupo Globalia tiene en Madrid y Baleares donde se encuentran los socios, administradores y directivos que son quienes han tomado las decisiones de carácter ejecutivo imprescindibles para la elaboración y comercialización de los viajes combinados y/o paquetes turísticos para ofrecer luego en venta a las agencias de viajes minoristas”.

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1 COMENTARIOS

Halcón Callejero

12/04/2021 | 14:01 horas

#1

Me entristece que empresas turísticas, que tanto están sufriendo con la pandemia, tengan que hacer frente a sanciones de este calibre, pero estas decisiones estratégicas perjudicaron mucho al resto de compañías que se mantenían en sus sedes originales pagando un 17% más de impuestos (21%-4%); jugaban con cartas marcadas y la desventaja comercial generada era muy considerable. A este caso me remito: la de acciones, sobrecomisiones, etcétera que se pueden hacer con tal montante a favor.
En fin, algunos deben estar poniendo sus barbas a remojar.

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