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Estos son los nuevos requisitos para ingresar a España desde cualquier otro país

Los viajeros extracomunitarios con certificado de vacunación ya pueden entrar en nuestro país por motivos de turismo

Publicada 10/06/2021

9:00 horas

 - Actualizada 11/06/2021

14:05 horas

Diego Montes

Novedades de la nueva normativa que entró en vigor el 7 de junio.

Novedades de la nueva normativa que entró en vigor el 7 de junio.

El avance de la vacunación y la reducción en el número de contagios han motivado al Gobierno español a relajar las medidas de entrada al territorio español con fines turísticos. Desde este lunes, ha entrado una nueva normativa en vigor, que tiene como principales novedades la admisión de pruebas de antígenos y de certificados de vacunación y de recuperación para países de la UE y el EEE y la reapertura de los viajes por turismo para viajeros extracomunitarios con certificado de vacunación.

Según detalla el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, los viajeros procedentes de la lista de países de riesgo de la Unión Europea –a excepción de los menores de 12 años–, necesitan, para ingresar a nuestro país, contar con un certificado de vacunación, un certificado de diagnóstico o un certificado de recuperación.

En el caso de que opten por el certificado de vacunación, debe estar expedido por por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta de vacunación completa.

Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud.

El certificado de diagnóstico debe constar de una prueba negativa PCR o similar (tipo NAAT) o un test negativo de antígenos de los incluidos en la lista común de la Comisión Europea expedidos en las 48 horas anteriores a la llegada a España.

Los certificados de recuperación (prueba de que se ha superado la enfermedad) deben haber sido expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica con resultado positivo. La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra

Cualquiera de estos tres certificados deberá estar redactado en español, inglés, francés o alemán. Si no es posible obtener el original en alguno de estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial.

Requisitos para viajeros de fuera de la UE

El documento también establece requisitos para los viajeros que proceden de un país extracomunitario. En el caso de los que tienen baja incidencia, es decir, Australia, Israel, Japón, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia, Reino Unido e Irlanda del Norte y China, pueden viajar sin necesidad de pruebas diagnósticas ni certificados de inmunidad.

Para quienes viajen desde un país o territorio que no está en la lista de países exentos a partir del 7 de junio, se permitirá la entrada de personas que viajen por turismo si cuentan con un certificado de vacunación expedido por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis necesaria para completar el ciclo de vacunación.

Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud. En estos momentos estas vacunas son las producidas por Pfizer-Biontech, Moderna, Astra-Zeneca, Jansen/Johnson&Johnson, Sinovac y Sinopharm.

Independientemente del país de procedencia, todos los pasajeros que lleguen a España vía aérea o marítima, incluidos los que estén en tránsito y los menores de 12 años, deberán cumplimentar antes de su salida un formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.es o de la app Spain Travel Health.

La cumplimentación del formulario genera un código QR individualizado que el viajero deberá presentar a las compañías de transporte antes del embarque, así como en los controles sanitarios en el punto de entrada a España.

Cabe destacar que los controles a la entrada incluirán al menos toma de temperatura mediante termómetros sin contacto o por cámaras termográficas; un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero.

Cruceros y fronteras terrestres

Los pasajeros de cruceros internacionales que naveguen por aguas del mar territorial no deberán utilizar la aplicación de Spain Travel Health, sino que la recogida de su información se realizará a través de la aplicación EU Digital Passenger Locator Form, https://www.healthygateways.eu/.

Por último, todas las personas de 12 años o más procedentes de zonas de riesgo de Francia que lleguen a España vía terrestre deberán disponer de alguna de las certificaciones de vacunación, prueba diagnóstica o recuperación especificadas en el primer apartado de este documento.

Se entiende por zonas de riesgo todas las zonas de Francia calificadas por el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades con nivel de riesgo de color rojo oscuro, rojo, naranja o gris.

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