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Los viajeros nacionales con certificado COVID no tendrán que rellenar el formulario en Baleares

Se ha aprobado que las actividades colectivas de carácter social, cultural, deportivo, de ocio, de restauración y de hostelería en Ibiza pueden concluir a las 2:00 horas

09/09/2021

8:56 horas

 Iago Negueruela ha matizado que el formulario seguirá estando disponible para las personas que no dispongan del certificado COVID.

Iago Negueruela ha matizado que el formulario seguirá estando disponible para las personas que no dispongan del certificado COVID.

El Govern no solicitará el formulario para la entrada en Baleares a los viajeros nacionales que cuenten con certificado COVID-19, un formulario que proporcionaba un código QR que los viajeros tenían que mostrar en los controles en los puertos y aeropuertos.

Así lo ha aprobado el Consell de Govern tras reunir a la Mesa de Diálogo Social este miércoles. Esto supone aceptar el certificado COVID –que recoge si una persona está vacunada, si ha pasado la enfermedad o si tiene una prueba diagnóstica negativa– y homogeneizar los controles igualándolos con los de pasajeros internacionales.

Con todo, el portavoz del Govern, Iago Negueruela, ha matizado que el formulario seguirá estando disponible para las personas que no dispongan del certificado COVID.

Además, se eleva a 12 años –hasta ahora estaba en seis– la edad mínima para obligar a los viajeros a presentar pauta completa de vacunación, prueba negativa o justificante de haber pasado la enfermedad.

Por otro lado, se ha aprobado que las actividades colectivas de carácter social, cultural, deportivo, de ocio, de restauración y de hostelería en Ibiza pueden concluir a las 2:00 horas, en lugar de la 01:00 horas como hasta ahora –salvo que las licencias o normativas municipales establezcan un horario inferior–.

Otra novedad es que las celebraciones como bodas podrán contar con máximo 100 personas en espacios interiores y 200 en espacios exteriores, con un 50% de cabida máxima. Hasta ahora el límite era de 50 personas en exterior y 120 en exterior.

Deportes

En el acceso a instalaciones deportivas se recomienda que los practicantes mayores de 12 años hayan recibido la pauta completa de vacunación, o acrediten haber superado la COVID-19, o aporten una prueba PCR negativa.

Excepcionalmente, los deportistas federados, a partir de diez años, pueden entrenar y competir fuera de su grupo estable si son convocados por una selección balear, o si el club justifica adecuadamente la necesidad de cambiar de grupo. En este caso, se deben seguir las indicaciones de las autoridades competentes por razón de la materia. Hasta ahora se permitía para todos los deportistas federados sin límite de edad y no se contemplaba la posibilidad de justificación.

Asimismo, se autoriza la realización de eventos deportivos a partir del 1 de septiembre con un máximo de 3.000 participantes. Se elimina, por tanto, la referencia temporal. Se podrán autorizar eventos con más asistentes examinando el caso. Se deberá garantizar que haya al menos un asiento entre personas en todos los casos, sean o no convivientes en lugar de los dos asientos de separación que regía antes.

Cultura

En cambio, en teatros, auditorios, salas de conciertos y espacios similares no será obligatorio dejar ese asiento libre entre personas. Estos establecimientos pueden llevar a cabo eventos y actividades con un 75% de la cabida máxima y los espectadores deben llevar mascarilla.

En los cines, circos de carpa y espacios similares se pueden llevar a cabo eventos y actividades con un 75% de la cabida sin consumo de alimentos y bebidas en las butacas de la sala.

Se permite el consumo de bebidas y alimentos a las actividades culturales en espacios interiores, excepto los conciertos de música en vivo.

En recintos al aire libre y otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, se pueden llevar a cabo eventos y actividades con la asistencia de un máximo de 500 personas en espacios cerrados y de un máximo de 2.500 personas en espacios al aire libre, en ambos casos con un 75% de la cabida máxima. A pesar de ello, se puede usar el 100% de la cabida del espacio si los asistentes no exceden de 300.

Se puede superar el número de personas permitidas hasta un máximo de 1.000 personas en espacios cerrados y de un máximo de 5.000 personas en espacios al aire libre, siempre que se cuente con una autorización previa de la Dirección General de Cultura en función de la evaluación de riesgo, si bien no se puede superar en ningún caso el 75% de la capacidad máxima de la instalación a los cines, teatros, auditorios y circos de carpa, ni el 50% en espacios asimilados.

El 25% o 50% de los asientos no ocupables deben estar repartidos por todas las zonas del recinto y en ningún caso en una sola zona.

En los espacios cerrados previstos en este apartado, se debe garantizar que haya al menos un asiento libre entre personas o grupos de personas no convivientes en la misma hilera en el caso de espacios con asientos fijos, y de un metro y medio de distancia entre sillas o en el caso de que el espacio no cuente con asientos fijos. En los espacios al aire libre, también se debe garantizar que haya al menos un asiento libre entre personas o grupos de personas no convivientes o un metro de distancia.

Restauración y congresos

En la restauración, el límite de personas por mesa se fija en ocho personas en interiores y 12 en exteriores en todas las islas. Hasta ahora Ibiza tenía unos límites más restrictivos.

Por otro lado, a partir de ahora, los congresos se pueden realizar con una cabida máxima del 75%. Se elimina la excepción para congresos sanitarios, que limitaba la asistencia a un máximo de 1.000 personas.

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1 COMENTARIOS

ANA

09/09/2021 | 11:52 horas

#1

yupi !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! que buenos son que nos dejan ir de excursión !!

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