El partido político Iustitia Europa ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional (AN) contra la orden ministerial de Interior que aplica el real decreto 933/2021, relativo al registro documental para las empresas de hospedaje y alquiler de vehículos, y solicita la suspensión cautelar de esa norma.
La formación, presidida por el abogado Luis Pardo califica la norma de “flagrante violación de los derechos fundamentales reconocidos tanto en la Constitución Española como en la Carta Europea de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (UE), por parte de un Gobierno que camina hacia la deriva institucional”.
A su juicio, el real decreto “invade la privacidad de millones de turistas, ciudadanos españoles y extranjeros” dado que exige “información extremadamente sensible, como datos financieros, relaciones familiares o de parentesco y métodos de pago”.
“No todo vale en nombre de la seguridad. Estas medidas son desproporcionadas, vulneran la intimidad de las personas, el reglamento general de protección de datos y carecen de base jurídica suficiente”, ha afirmado Pardo en una nota de prensa recogida por Europa Press.
En la misma, sostiene que tanto la formación como él se han visto directamente afectados por la aplicación de ese real decreto desde el 2 de diciembre de 2024, fecha en la que entró en vigor.
“Derecho a la privacidad”
En el recurso, al que ha tenido acceso esta agencia de noticias, se plantea la posible inconstitucionalidad de esa norma por contravenir los artículos 18 y 19 de la Constitución –relativos al derecho a la privacidad y al principio de reserva– y los artículos siete y ocho de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.
Además, en el mismo, Pardo anuncia sendas cuestiones tanto al Tribunal Constitucional (TC) como al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) “por la evidente incompatibilidad de estas medidas con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y con la jurisprudencia actual del TJUE, restrictiva ante la desproporción del almacenamiento de los datos del real decreto”.
Solicita también como medida cautelar la suspensión de la norma porque, argumenta, “su ejecución supondría un perjuicio irreparable”. “No podemos permitir que una normativa tan intrusiva y desproporcionada afecte a millones de ciudadanos mientras se decide su legalidad”, ha añadido Pardo.
Para el letrado, esta norma tendrá un “severo impacto en el turismo y en la imagen de España” y amenaza “uno de los pilares fundamentales de la economía española: el turismo”. “La obligación de recopilar datos sensibles podría disuadir a turistas internacionales de visitar España, afectando directamente al sector hotelero y a la competitividad del país”, resalta.
En el escrito se detalla que los registros a partir de ahora se hacen a través de la plataforma habilitada para ello por el Ministerio del Interior (Ses.Hospedajes) y recalca que “no todo vale amparándose en la seguridad ciudadana” porque los datos que se solicitan con la nueva norma “son de gran privacidad y absolutamente sensibles”.
“El número de IBAN, la numeración de las tarjetas de crédito de los clientes, fecha de caducidad, o peor aún, el parentesco con el resto de los integrantes de la reserva hacen de esta medida un control sobre el viajero, que es desproporcionado y nulo de pleno derecho”, añade.
“Esfera personal”
Lamenta ante la AN que “se entra en la esfera personal de los viajeros” y se logra que esos datos “sean transmitidos a los operadores de viajes, hoteles, agencias de alquiler y de viajes, debiendo informar el usuario de datos absolutamente privados y confidenciales”.
Además, explica que esa “recogida en masa” de datos y su almacenamiento por tres años “puede contravenir el ordenamiento comunitario”. “Es necesario, por tanto, una previa ponderación de los intereses en conflicto. El principio de proporcionalidad impide que esa injerencia tan intensa en el derecho fundamental a la protección de datos se realice para la prevención de la delincuencia común”, subraya.
A esto añade que la norma tuvo que pasar por una evaluación de su impacto en materia de protección de datos, y resalta que ese paso es obligatorio y que por tanto el Gobierno debería haber sometido el proyecto a este examen “tal y como recomendó la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en su informe”. Por eso, considera que la norma es “nula de pleno derecho”.