El sector turístico español se enfrenta a un nuevo panorama con la próxima entrada en vigor de dos leyes clave: la ley del registro de viajeros y la ley de control horario de trabajadores. Ambas normativas prometen ser un desafío para las empresas del sector, tanto por las nuevas obligaciones que imponen como por las implicaciones legales y operativas que conllevan.
Para entender mejor el impacto de estas leyes, se ha consultado a Atico34, una de las principales consultoras expertas en la Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD). Según los expertos de la compañía, estas regulaciones tienen como objetivo reforzar la seguridad, la transparencia y el control, pero también exigen a las empresas del sector turístico una adaptación significativa.
Para empezar, ¿en qué consisten estas nuevas normativas?
Atico34 cuenta que las nuevas exigencias en el registro de la jornada de los trabajadores es una de las prioridades de la nueva Reforma laboral que propone el Gobierno, una reforma que se encuentra en fase de consulta pública previa, en concreto ya ha finalizado el plazo para presentación de aportaciones.
Esta nueva reforma laboral propone medidas para el control horario de trabajadores que van en consonancia de los dispuesto por otros organismos europeos, como el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD), y que ya han sido adoptados en cierta medida por la normativa española de protección de datos.
Así, en Atico34 detallan que las empresas están obligadas a llevar un registro de la jornada laboral de sus empleados exhaustivo. Este registro debe hacerse a través de medios telemáticos que permitan el acceso remoto por parte de los inspectores de trabajo. Por tanto, se aceptan sistemas como las app móvil, las plataformas web o los terminales para tarjetas RIFD.
Por contra, queda totalmente prohibido el fichaje en papel, así como el registro de entrada y salida de trabajadores a través de dispositivos biométricos. En efecto, el uso de sistemas de reconocimiento facial o detección de la huella dactilar para fichar en el trabajo quedan totalmente prohibidos, salvo excepciones muy concretas marcadas por la ley.
Por otro lado, está la Ley de Registro de Viajeros que ha entrado en vigor el 2 de diciembre de 2024 y que ha traído no poca polémica. Esta ley, tal y como nos confirman desde Grupo Atico34, obliga a las empresas que realicen actividades de hospedaje, a recabar más de 40 datos personales de los huéspedes, algunos de los cuáles ni siquiera aparecen en documentos oficiales como el DNI, caso de la entidad bancaria desde la que opera o la relación de parentesco que le une con sus acompañantes.
No solo eso, sino que las empresas del sector se verán obligadas a compartir dicha información en un portal oficial, ses.hospedajes, una plataforma activa desde 2022 donde ya han compartido datos más de 60.000 establecimientos hoteleros.
¿Qué impacto tendrán en el sector turístico?
La entrada en vigor de estas normativas tendrá un impacto significativo en el sector turístico, un ámbito marcado por su diversidad empresarial y estacionalidad. En primer lugar, se espera que los pequeños alojamientos y empresas familiares sean los más afectados, debido a la necesidad de realizar inversiones en tecnología y personal. Para los grandes operadores turísticos, la principal preocupación será garantizar la integración de estas nuevas obligaciones en sus ya complejas estructuras operativas.
Por otro lado, las normativas también podrían tener un efecto positivo a largo plazo, promoviendo una mayor profesionalización del sector y aumentando la confianza de los clientes y empleados. Cumplir con estos estándares no solo refuerza la legalidad de las operaciones, sino que también posiciona al sector turístico español como un referente en cumplimiento normativo y transparencia.
La combinación de estas dos normativas plantea retos significativos para el sector turístico. Desde una perspectiva operativa, las empresas deberán invertir en tecnología y formación para cumplir con estas obligaciones. Sin embargo, también puede ser una oportunidad para modernizar procesos, ganar en eficiencia y reforzar la confianza de clientes y empleados.
¿Cómo cumplir con la ley de registro de viajeros y la normativa sobre control horario de empleados?
Cumplir con las exigencias de estas leyes requiere un enfoque proactivo y estratégico. En este sentido, desde Atico34 ofrecen las siguientes recomendaciones para las empresas del sector turístico:
- Realizar auditorías iniciales: Identificar los procesos actuales relacionados con el registro de datos de viajeros y el control horario para evaluar su grado de cumplimiento normativo.
- Implantar soluciones tecnológicas: Implementar sistemas que permitan registrar y gestionar la información de forma segura y automatizada. Estos deben estar diseñados para cumplir con los requisitos legales y facilitar su manejo diario.
- Formar al personal: Capacitar a los equipos en la correcta aplicación de los procesos y el manejo de los sistemas implantados, poniendo especial énfasis en la protección de datos personales.
- Documentar y actualizar políticas internas: Establecer políticas de privacidad y protocolos operativos adaptados a las normativas.
- Contar con una empresa experta en protección de datos: Recurrir a especialistas en cumplimiento normativo puede ser decisivo para implementar las medidas adecuadas desde el principio. Estas empresas no solo ofrecen asesoramiento personalizado, sino que también pueden acompañar en la gestión de riesgos y evitar sanciones.
En definitiva, la entrada en vigor de la ley del registro de viajeros y la ley de control horario de trabajadores supone un cambio relevante para el sector turístico en España. Cumplir con estas normativas no solo evitará sanciones, sino que también permitirá a las empresas posicionarse como líderes en un entorno más regulado y competitivo. Consultar a expertos en cumplimiento normativo será clave para afrontar esta transformación de manera exitosa.