Aerolíneas

La low cost irlandesa tendrá que pagar 33 millones en indemnizaciones

Ryanair tendrá que compensar a los más de 120.000 pasajeros afectados por los nueve días de huelga de este verano

29/08/2018

8:28 horas

Las indemnizaciones pueden ser reclamadas hasta tres años después del vuelo por retrasos superiores a tres horas, cancelaciones o denegaciones de embarque.

Las indemnizaciones pueden ser reclamadas hasta tres años después del vuelo por retrasos superiores a tres horas, cancelaciones o denegaciones de embarque.

Los más de 120.000 pasajeros afectados por los nueve días de huelga que ha sufrido Ryanair durante el verano pueden significar una compensación total de 33 millones de euros, según la plataforma online que gestiona demandas a aerolíneas, AirHelp.

Así, la web aconseja a todos los pasajeros afectados que comprueben si sus problemas antes o durante el vuelo les dan derecho a una compensación financiera. Este tipo de reclamaciones se pueden presentar hasta tres años después del incidente.

“Es hora de que Ryanair compense a los miles de pasajeros cuyos planes de vacaciones se han visto destruidos por su mala gestión en los últimos dos meses, que la han convertido en una de las temporadas de viajes de verano más caóticas de la historia”, opina la directora de comunicación global de AirHelp, Paloma Salmerón.

Asimismo, culpa a “este tipo de compañías aéreas no responsables”, por los retrasos y cancelaciones, ya que “no consiguen ofrecer unas condiciones de trabajo adecuadas a su personal”.

Derechos de los pasajeros

AirHelp ha recordado que en caso de retrasos superiores a tres horas, vuelos cancelados o denegaciones de embarque, los pasajeros pueden tener derecho a una compensación económica de hasta 600 euros por persona en determinadas circunstancias, además de cualquier transporte alternativo o reembolso del billete original.

El requisito para ello, explican, es que el aeropuerto de salida se encuentre dentro de la Unión Europea o que la compañía aérea que lo transporte tenga su base en la misma.

Además, la plataforma apunta que para optar a una indemnización el motivo del retraso en las operaciones de vuelo debe ser causado por la compañía aérea. Así, circunstancias extraordinarias como tormentas o emergencias médicas eximen a las aerolíneas de indemnizar a sus clientes.

En este punto, recuerdan que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ya dictaminó que las huelgas de personal de las propias compañías aéreas no se consideran circunstancias excepcionales, por lo que están obligadas a abonar las indemnizaciones.

Por otro lado, AirHelp señala que si un pasajero sufre un retraso de más de dos horas, las aerolíneas también están obligadas a proporcionarle comida, bebida gratuita, acceso a la comunicación e incluso alojamiento, si es necesario.

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