El ejecutivo ha confirmado este 11 de febrero la modificación de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, en la que se establecen los requisitos de entrada a España desde países externos a la Unión Europea y no pertenecientes al espacio Schengen, y permitirá a los menores de 12 años acceder a España portando una prueba PCR negativa.
Así lo señala el Boletín Oficial del Estado, mediante la publicación de la enmienda, que confirma con el cambio que las familias británicas podrán ingresar en España para disfrutar de las vacaciones escolares de invierno desde las 00.00 horas del 14 de febrero, momento en el que entra en vigor esta modificación.
Con esta medida, el ejecutivo de Sánchez flexibiliza la entrada de estos menores, que habían estado señalados hasta ahora por no haber podido completar su pauta vacunal por falta de tiempo o haberse infectado recientemente, algo que estaba obligando a las familias británicas a cancelar o postponer sus estancias en España.
De esta forma, los mayores de 18 años provenientes de países no pertenecientes a la Unión Europea o al espacio Schengen deberán portar certificado de vacunación en vigor, los mayores de 12 años y menores de edad podrán, portar o la pauta vacunal completa o un test PCR negativo realizado dentro de las 72 horas previas a su llegada a España. Los menores de 12 años no necesitan justificante alguno para ingresar a España.