El Consejo Mundial de Viajes y Turismo (WTTC, por sus siglas en inglés) ha calificado de positiva la iniciativa del Gobierno de España de permitir el acceso al país a los menores no vacunados del Reino Unido, ya que algunas familias habían cancelado sus vacaciones a medio plazo a España porque sus hijos aún no habían completado su esquema de vacunación.
El WTTC ha incidido en un comunicado en que medidas como esta “representan un paso más hacia la restauración de los viajes internacionales y un impulso a la economía global”.
La presidenta y consejera delegada del WTTC, Julia Simpson, ha subrayado que el sector en España se ha visto “seriamente afectado” y que “aún hay trabajo por hacer para lograr una recuperación económica completa y recuperar los empleos perdidos”.
El WTTC ha reiterado la necesidad de que los gobiernos flexibilicen las restricciones de movilidad para permitir los viajes internacionales, así como una mayor coordinación entre ellos para aplicar medidas de bioseguridad homologadas; además de trabajar en soluciones digitales que permitan a los turistas viajar de manera rápida, simple y segura.
Entrada de menores no vacunados
Las personas de entre 12 y 17 años procedentes de países de fuera de la Unión Europea o del espacio Schengen podrán acceder a España sin presentar la pauta completa de vacunación desde este lunes, 14 de febrero, tras entrar en vigor los cambios en los requisitos sanitarios realizados por el Gobierno.
Así, mediante esta modificación, los menores de este rango de edad podrán acceder a España con una prueba PCR con resultado negativo realizada 72 horas antes de la llegada y previa comprobación por las autoridades sanitarias.
Asimismo, los menores de 12 años que viajen con un adulto no estarán sometidos a ningún tipo de requisito sanitario, tal y como estaba haciéndose hasta ahora.
Estos cambios se recogieron en una Orden firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, así como por los ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; y de Industria, Comercio y Turismo y Sanidad.
Concretamente, la Orden que entró ayer en vigor modifica la redacción de la letra ‘K’ del artículo 1.1 de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio. Además, esta medida está en sintonía con la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo, de 30 de junio, que estableció un conjunto de categorías específicas de personas exentas de esas restricciones y que ha sido modificada en varias ocasiones para adaptarse a las circunstancias epidemiológicas.
La orden del BOE recuerda que la vacunación es “un instrumento clave” para combatir la pandemia por la COVID-19, de ahí que para potenciar su uso “se la incluyó como una de las categorías exentas de las restricciones contempladas en esta Orden”.
Sin embargo, por el hecho de que en muchos países existan dificultades para obtener la vacuna para su uso en la población de menos de 18 años “se considera conveniente establecer condiciones específicas para estas personas”.