Economía y Tendencias

Entra en vigor el nuevo esquema de cotizaciones para autónomos

Los trabajadores podían solicitar cambiar o actualizar su base de cotización hasta el 31 de diciembre

Publicada 11/01/2023

8:58 horas

 - Actualizada 11/01/2023

9:41 horas

En el Régimen General, la base mínima de cotización se actualizará en línea con el SMI.

En el Régimen General, la base mínima de cotización se actualizará en línea con el SMI.

El nuevo plan de contribuciones a la Seguridad Social contiene diversas novedades especialmente relevantes para los trabajadores en régimen de autónomo, como es el nuevo sistema de cotización por ingresos reales en vigor desde el pasado 1 de enero de 2023, que queda según puede verse en la siguiente tabla recogida por Serra Laboral Consulting.

Así, a partir del 1 de enero de 2023, la base máxima de cotización, con independencia de los rendimientos netos obtenidos por los trabajadores por cuenta propia o autónomos, será de 4.495,50 euros mensuales (+8,6%), siendo este el tope máximo de la base de cotización en cada uno de los regímenes de la Seguridad Social.

La base de cotización de los trabajadores que a 31 de diciembre de 2022 hubiesen solicitado un cambio de su base de cotización con efectos desde enero de 2023 será la solicitada siempre que se encuentre en alguno de los tramos de las tablas anteriores, y cumpla lo establecido en el RD-ley 13/2022.

Aquellos trabajadores que hubieran solicitado la actualización automática de su base de cotización a partir de enero de 2023 será la de 31 de diciembre de 2022 incrementada en un 8,6% siempre que se encuentre en alguno de los tramos de las tablas anteriores, y cumpla lo establecido en el RD-ley 13/2022.

Los trabajadores que no hayan ejercido ninguna de las opciones anteriores mantendrán, a partir de enero de 2023, la base de cotización por la que venían cotizando en 2022 siempre que esta sea igual o superior a la que les correspondería por aplicación de los establecido en el RD-ley 13/2022.

Los trabajadores autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieren cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantener durante el año 2023 dicha base de cotización, o una inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria sexta del RD-ley 13/2022.

La cuantía de la prestación por desempleo se determinará aplicando a la base reguladora los siguientes porcentajes: el 70% durante los ciento ochenta primeros días y el 60% por ciento a partir del día ciento ochenta y uno. Estos porcentajes se aplicarán también a quienes, a la entrada en vigor de esta ley, estuvieran percibiendo la prestación por desempleo.

También se han establecido las cuantías del IPREM durante 2023, que se han incrementado un 3,6% aproximadamente.

Régimen General

Además de la nueva base máxima de cotización, los trabajadores por cuenta ajena verán actualizadas las bases mínimas de cotización, según categorías profesionales y grupos de cotización, que se incrementarán desde el 1 de enero de 2023, y respecto de las vigentes en 31 de diciembre de 2022, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional (SMI), desconociéndose de momento si se producirá un aumento. Se mantienen los tipos de cotización vigentes y los tipos de cotización adicional por horas extraordinarias.

Se añade un nuevo impuesto

El plan incluye la llegada de una nueva cotización correspondiente al mecanismo de equidad intergeneracional. Conforme a lo dispuesto en la disposición final cuarta de la Ley 21/2021 de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, a partir del 1 de enero de 2023 se efectuará una cotización de 0,6% aplicable a la base de cotización por contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación.

Cuando el tipo de cotización deba ser objeto de distribución entre empleador y trabajador, el 0,5% será a cargo del empleador y el 0,1% a cargo del trabajador.

Otros colectivos sujetos a cambios con la entrada en vigor de la nueva ley son los de trabajadores por cuenta propia agrarios y los empleados del hogar.

Excepciones

Hay que tener en cuenta que no podrán elegir una base de cotización mensual inferior a 1000 euros durante el año 2023: los familiares del trabajador autónomo incluidos en el RETA al amparo del artículo 305.2.k) del TRLGSS, los autónomos incluidos en el RETA al amparo del art.305.2 b) y e) TRLGSS (autónomos societarios), y los autónomos a los que se refiere la regla 5.ª del artículo 308.1.c) del TRLGSS (en estimación directa sin presentar la declaración IRPF o sin declarar ingresos).

Por otro lado, se establece una cuota reducida por contingencias comunes y profesionales aplicable por el inicio de una actividad por cuenta propia en las provincias de Cuenca, Soria y Teruel durante el año 2023. También para estas mismas provincias se establece una reducción en la cotización a la Seguridad Social por la contratación indefinida, a tiempo completo, a tiempo parcial o de fijos-discontinuos, de personas que causen alta, o que figuren en situación de alta a la entrada en vigor de esta disposición, en códigos de cuenta de cotización asignados a empresarios para el alta de trabajadores en el Régimen General, excluidos sus sistemas especiales.

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