La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha clarificado cómo supervisará los precios que las compañías, incluidos los nuevos operadores, pagarán a los titulares de las infraestructuras, principalmente en manos de Adif y Renfe, por el uso de sus servicios.
Entre estos se incluyen el acceso a estaciones, terminales de mercancías o talleres, que son esenciales para que las empresas puedan desarrollar con normalidad sus actividades, tanto de transporte de viajeros como de mercancías, según recoge una comunicación de Competencia.
La ley actual exige un acceso no discriminatorio, transparencia en las condiciones de acceso y de prestación de los servicios y la orientación de los precios al coste de prestación más un beneficio razonable, en el caso de los servicios básicos, y también en el de los servicios complementarios y auxiliares, cuando solo hay un posible prestador.
En 2020, la CNMC ya obligó a Renfe a bajar los precios que cobra a la competencia, al considerar que sus tarifas por el alquiler de sus talleres de mantenimiento eran muy superiores al coste de capital, sobre todo porque muchos de los 20.000 activos con los que cuenta ya estarían amortizados.
El nuevo documento de la CNMC clarifica, de esta forma, los criterios para determinar los costes imputables a los servicios y dota de certidumbre a los explotadores de las instalaciones de servicio ferroviarias.
La comunicación también desarrolla el concepto de beneficio razonable, asimilándolo al Coste Medio Ponderado del Capital (WACC, por sus siglas en inglés), y desarrolla una metodología para su cálculo, coherente con la que utiliza la CNMC en otros sectores bajo su supervisión.
El explotador de la instalación es el responsable de fijar las tarifas en función de sus previsiones de actividad y costes. Por ello, la CNMC concluirá que los precios cumplen con la normativa si, de acuerdo con las cuentas aprobadas y auditadas, los ingresos obtenidos por la prestación del servicio no superan los costes más un beneficio razonable en los tres ejercicios anteriores.
“La comunicación proporciona seguridad jurídica a explotadores de instalaciones de servicio, sin imponerles nuevas obligaciones adicionales a las ya establecidas por el artículo 101 de la Ley del Sector Ferroviario ni cargas administrativas excesivas”, concluye el regulador.