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El Comité de Control Reglamentario aprueba “con reservas” el impacto de la directiva de viaje combinado

El acuerdo necesita algunas mejoras y se prevé que el 30 de noviembre se publique

26/10/2023

8:59 horas

Se planea introducir un derecho de reembolso B2B y suprimir el apartado sobre servicios de viajes vinculados, entre otros.

Se planea introducir un derecho de reembolso B2B y suprimir el apartado sobre servicios de viajes vinculados, entre otros.

La evaluación de impacto de la directiva de viaje combinado ha sido aprobada “con reservas” por el Comite de Control Reglamentario (RSB). Esto significa que aún necesita algunas mejoras, pero no necesita ser aprobada de nuevo por dicho organismo. En consecuencia, está previsto que el Colegio de Comisarios apruebe la propuesta el próximo 29 de noviembre y la publique al día siguiente, de acuerdo con el orden del día de la Comisión Europea recientemente publicado.

La DG JUST está de acuerdo en que será importante que las negociaciones sobre la directiva de viaje combinado y los derechos de los pasajeros se desarrollen en paralelo y recomendará una participación conjunta de IMCO y TRAN en estos expedientes.

Sobre los derechos de cancelación en circunstancias extraordinarias e inevitables, el plan es introducir un derecho de reembolso B2B, pero sólo para los casos en que el servicio de viaje no pueda ser operado.

En cuanto a la limitación de los pagos por adelantado, se mantienen firmes en su postura de que esto podría beneficiar a los consumidores. Una propuesta sobre la cuenta bloqueada de los prepagos efectuados a las compañías aéreas podría ser una buena solución, pero creen que iría más allá del ámbito de aplicación de la Directiva de viaje combinado.

En cuanto a la necesidad de aclarar el valor del asesoramiento sobre viajes y cuándo éste da lugar a derechos de cancelación, la propuesta incluirá algunas aclaraciones. La propuesta no dará una solución definitiva sobre cuándo el asesoramiento activa tales derechos, sino más bien sobre el papel que debería desempeñar el asesoramiento en general.

En cuanto a los servicios de viaje vinculado, parece que se suprimirá el apartado, aunque no está claro, la supresión de esta definición podría permitir a las aerolíneas vender más combinaciones de servicios de viaje a través de terceros sin entrar en la definición de Servicios de viaje vinculado y en el ámbito de aplicación de la Directiva de viaje combinado.

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