Transporte

El Gobierno cambia las leyes de navegación y seguridad aérea para usar recursos de forma “más eficiente”

Una de las novedades es la creación de una única comisión mixta medioambiental en cada aeropuerto

11/05/2024

8:30 horas

La ley va a integrar también el régimen de los planes directores de los aeropuertos de interés general y el de sus servidumbres aeronáuticas.

La ley va a integrar también el régimen de los planes directores de los aeropuertos de interés general y el de sus servidumbres aeronáuticas.

El Consejo de Ministros ha aprobado un proyecto de ley por el que se modifican las leyes de Navegación y Seguridad Aérea con el objetivo de conseguir un “uso más eficiente de los recursos públicos”.

El ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Óscar Puente, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que las modificaciones introducidas en este proyecto de ley son “imprescindibles e inaplazables”, ya que actualizan las principales leyes del sector aéreo, eliminando órganos innecesarios y simplificando procesos.

Para su redacción, se han efectuado dos consultas públicas previas, así como dos trámites de audiencia e información pública. Además, se dio traslado a las Comunidades y Ciudades Autónomas, y a la Federación Española de Municipios y Provincias, atendiendo a la afectación del proyecto a sus competencias de ordenación territorial y urbanística.

Entre las principales novedades que introduce en la ley de navegación aérea, Puente ha destacado la creación de una única comisión mixta medioambiental en cada aeropuerto de interés general en los que sea precisa la participación de la administración autonómica y local que sustituirá las múltiples comisiones que “en ocasiones se solapan unas con otras”.

Así, al disponer de un único órgano, el Gobierno busca “optimizar y coordinar mejor” los asuntos relativos al impacto ambiental de las infraestructuras.

Por otro lado, también va a integrar el régimen de los planes directores de los aeropuertos de interés general y el de sus servidumbres aeronáuticas, unificando el órgano competente dentro del Ministerio para que exista una coherencia entre la planificación y las servidumbres aeronáuticas y se correspondan con las necesidades de navegación.

Respecto a los sistemas de aeronaves no tripuladas, se define explícitamente la condición de personal aeronáutico de los pilotos y del personal de apoyo a la operación, imponiéndoles las obligaciones previstas en la Ley de Seguridad Aérea para el personal de vuelo o tierra.

Por otro lado, la modificación actualiza el marco regulador del tráfico aéreo, derogando una serie de preceptos que resultan inaplicables a raíz de la liberalización del transporte aéreo intracomunitario.

Por último, el proyecto de ley incluye modificaciones de la Ley de Navegación Aérea sobre la posibilidad de excepcionar y flexibilizar transportes aéreos de emergencia, privados, de escuelas de aviación, turismo o deportivos para favorecer el crecimiento de este sector “que en este momento está afectado por una normativa muy exigente” y “restrictiva” que “no guarda proporcionalidad con la actividad del sector”.

Modificaciones en seguridad aérea

En cuanto a la ley de seguridad aérea, las modificaciones simplifican la tramitación para obtener o renovar licencias, certificados y autorizaciones, reduciendo los plazos y mejorando “la eficiencia de los recursos públicos”.

Asimismo, se aclara que no todas las actividades y operaciones aeronáuticas requieren autorización y solo excepcionalmente, en relación con algunos servicios de navegación aérea, se requiere designación.

También se establece la obligación del personal que participa en la operación con sistemas de aeronaves no tripuladas de someterse a las pruebas de alcoholemia y sustancias psicoactivas que les sean requeridas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Además, se refuerza la proporcionalidad del régimen sancionador, estableciendo grados que dependerán de los riesgos que cada infracción suponga para la seguridad aérea, algo que en la actual ley tiene “claros elemento de desproporción”. También se reduce plazo para resolver y notificar en los procedimientos sancionadores por infracciones graves, el cual pasa de 18 a 12 meses.

En el ámbito de los sistemas de aeronaves no tripuladas, se introduce el régimen de infracciones en relación con su utilización, para dar cumplimiento a la normativa europea.

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