Agencias y TTOO

Fetave lamenta el silencio de Interior ante el fin de la prórroga del registro documental de agencias

Para la patronal, esta situación genera “incertidumbre” e “inseguridad jurídica” entre las agencias de viajes españolas

06/06/2024

8:37 horas

Según Fetave, “Estas medidas suponen un coste adicional y afectan negativamente la productividad y competitividad del sector”.

Según Fetave, “Estas medidas suponen un coste adicional y afectan negativamente la productividad y competitividad del sector”.

La Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (Fetave) ha expresado su “profunda preocupación y absoluta decepción” ante la ausencia de respuesta por parte del Ministerio del Interior sobre el fin de la moratoria del Real Decreto 933/2021 de obligaciones de registro documental del próximo 1 de octubre.

“Desde la Secretaría de Estado de Seguridad no se ha proporcionado ninguna aclaración a la solicitud presentada por Fetave”, ha explicado en un comunicado.

Para la patronal, esta situación genera “una gran incertidumbre y una considerable inseguridad jurídica” entre las agencias de viajes españolas y extranjeras que prestan servicio en España.

Respecto al Real Decreto, Fetave ha manifestado en numerosas ocasiones su total oposición a las obligaciones impuestas en él, que considera “desproporcionadas e innecesarias”.

“Estas medidas, que obligan a las agencias de viajes a recopilar y comunicar datos que ya son proporcionados por otros operadores, suponen un coste adicional y afectan negativamente la productividad y competitividad del sector”, ha criticado.

En esta línea, la federación reitera su solicitud de exclusión de las agencias de viajes de estas obligaciones y afirma que continuará trabajando para defender los intereses del sector.

Por último, Fetave tampoco ha recibido ninguna comunicación oficial de la Unión Europea desde hace más de un año respecto al estado del procedimiento de examen, abierto a finales del mes de marzo de 2023, que está verificando la compatibilidad del RD 933/2021 con la Directiva 2000/31/CE sobre comercio electrónico y con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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