Alojamiento

Andalucía firma convenios con ayuntamientos para reforzar el control de las viviendas de uso turístico

La Junta considera que se hace necesario aunar esfuerzos para velar por el cumplimiento de los requisitos exigidos

Publicada 05/02/2025

8:56 horas

 - Actualizada 05/02/2025

9:14 horas

La Consejería de Turismo y Andalucía Exterior facilita a los ayuntamientos el acceso a datos de carácter turístico relativos a las VUTs existentes en sus términos municipales

La Consejería de Turismo y Andalucía Exterior facilita a los ayuntamientos el acceso a datos de carácter turístico relativos a las VUTs existentes en sus términos municipales

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento este martes de los convenios de colaboración firmados por la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior con los ayuntamientos de Sevilla, Málaga, Granada, Cádiz y Jerez de la Frontera (Cádiz) para el intercambio de información en materia de viviendas de uso turístico (VUT).

Según la Junta, el auge y desarrollo del turismo ha implicado un aumento considerable de los prestadores de servicios turísticos, siendo especialmente significativa la cada vez mayor presencia de viviendas de uso turístico.

En este sentido, la Junta considera que se hace necesario aunar esfuerzos para, en ejercicio de las competencias propias de ambas administraciones, velar por el cumplimiento de los requisitos exigidos para ejercer la actividad de alojamiento a través de viviendas destinadas a una finalidad y a un uso turístico y advertir la detección de aquellos prestadores que ejercen la misma incumpliendo la legalidad urbanística o los requisitos exigidos por la normativa turística de aplicación.

En este contexto, la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior dictó una orden para autorizar el convenio tipo de colaboración con los ayuntamientos para el intercambio de información y, desde entonces, se han firmado con los de Sevilla, Málaga, Granada, Cádiz y Jerez de la Frontera (Cádiz) para mejorar la coordinación administrativa, facilitar el intercambio de información de forma que los ayuntamientos comuniquen los posibles incumplimientos detectados y para garantizar que los servicios se adecúan a las concretas exigencias territoriales y de compatibilidad urbanística establecidas por el municipio a través de sus instrumentos de planeamiento urbanístico o de ordenanzas.

Acceso a datos de carácter turístico

Para lograr estos objetivos, la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior facilita a los ayuntamientos el acceso a datos de carácter turístico relativos a las VUTs existentes en sus términos municipales que puedan resultar de interés para el ejercicio de sus competencias; les suministrará información sobre tales viviendas; desarrollará los aplicativos tecnológicos precisos para el intercambio inmediato de información; prestará el asesoramiento o apoyo que necesite para facilitar el correcto ejercicio de sus respectivas competencias; pondrá en conocimiento las resoluciones o actos de inscripción de nuevas viviendas de su municipio en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA), y comunicará los cambios de titularidad en la explotación de las viviendas de su municipio ya inscritas en RTA y comunicará todas las resoluciones o actos de cancelaciones de inscripciones en el RTA que se hayan practicado.

Por su parte, los ayuntamientos asumen las obligaciones de poner en conocimiento cualquier limitación o modificación que haya establecido en lo que respecta al número máximo de viviendas de uso turístico por edificio; la superficie mínima construida que exija el planeamiento urbanístico para las viviendas en dicho municipio, así como las modificaciones que en lo sucesivo operen sobre dicha superficie mínima exigible; facilitar información de los instrumentos de planeamiento urbanístico o las ordenanzas municipales vigentes que afecten a los usos del suelo permitidos y requisitos exigidos; comunicar la relación de aquellas viviendas inscritas en el RTA y no compatibles para tal uso de conformidad con la ordenación urbanística aplicable, y trasladar toda denuncia o cualquier circunstancia de las que haya tenido conocimiento que pudieran suponer incumplimientos de la normativa autonómica sobre viviendas de uso turístico para proceder a la correspondiente inspección.

 

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