El Gobierno ha dispuesto la apertura de un total de 370 hoteles, balnearios, apartahoteles y otros establecimientos similares repartidos por todo el país, con el fin de atender las necesidades de alojamiento y restauración que requiera el personal que está trabajando en la prestación y el mantenimiento de los servicios esenciales y el transporte de suministros durante el estado de alarma.
“Es necesario garantizar la movilidad de aquellos trabajadores que tienen que realizar determinadas labores y que puedan disponer de alojamiento y comida”, establece la orden del Ministerio de Transportes que el BOE publica este miércoles.
La orden incluye el listado de 370 establecimientos repartidos por todo el país que se incluyen entre los que ofrecerán sus servicios a estos colectivos.
Entre ellos, figuran militares y fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, sanitarios y transportistas, pero también personal de los operadores de telecomunicaciones y de centros de procesos de datos, de operación y mantenimiento de la redes de transporte y distribución de electricidad, gas, agua, y de centrales de generación de energía.
Estos alojamientos también se dirigen a personal de prevención y extinción de incendios, a los trabajadores de plantas petroquímicas o centrales eléctricas o nucleares, al personal ligado a actividades de salvamento y seguridad marítima, al de gasolineras, puertos, aeropuertos e infraestructuras ferroviarias o los que trabajan en obras de interés general.
La orden cita a turistas que no hayan podido retornar a sus lugares de origen en el plazo previsto
El listado de establecimientos, en el que aparecen cadenas como Room Mate o NH, también estará disponible para aquellas personas que “por razones de fuerza mayor o estado de necesidad requieran un alojamiento puntual con urgencia”.
Entre estos supuestos, la orden cita a turistas que no hayan podido retornar a sus lugares de origen en el plazo previsto o personas que estén bajo un programa de atención humanitaria o cualquier otro programa para colectivos vulnerables y otros supuestos similares.
De igual forma, deberán permitir el alojamiento de personas que deban desplazarse para atender a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, personas especialmente vulnerables o con necesidades de atención sanitaria, así como a todas aquellas personas que por causa de fuerza mayor o situación de necesidad requieran asegurar alojamiento puntual con urgencia.
Aseo y restauración para transportistas
Además, en el caso de los transportistas de mercancías por carretera, se dispone que estos establecimientos faciliten el acceso a instalaciones de aseo y restauración aunque no estén alojados.
Por todo ello, la Orden de Transportes, redactada en colaboración con otros ministerios, estable como “servicio esencial” el referido listado de alojamientos turísticos, relación que, no obstante, se reserva la posibilidad de ampliar, modificar, revisar o actualizar.
Además, permite que el resto de alojamientos turísticos que no figuran en la orden puedan también prestar alojamiento “exclusivamente a los colectivos mencionados” en ella y siempre que cumplan las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad para evitar el contagio del coronavirus.