Alojamiento

Los hoteleros madrileños denuncian a Booking ante la CNMC por prácticas “abusivas”

La AEHM denuncia que la cláusula de paridad constituye “una infracción conforme a la regulación del derecho de la competencia”

22/06/2021

8:59 horas

La AEHM considera “desproporcionada” la transición de responsabilidad al establecimiento hotelero en los términos fijados por Booking.com.

La AEHM considera “desproporcionada” la transición de responsabilidad al establecimiento hotelero en los términos fijados por Booking.com.

La Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM), a través de sus asesores jurídicos del despacho Tourism & Law Abogados, ha formulado una denuncia administrativa contra Booking.com ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para solicitar que se investiguen las prácticas de la OTA por considerarlas “abusivas y contrarias al derecho de la competencia”.

La asociación señala que, tras numerosas quejas y denuncias por parte de sus asociados en cuanto a las prácticas de la citada OTA, en abril la AEHM emplazó a Booking.com instándola a cesar estas prácticas, no solo por la inclusión de la “cláusula de paridad de precios”, sino también por la unilateralidad de sus actuaciones en cuanto a la modificación de sus condiciones y cobro de comisiones. No obstante, indica que no ha obtenido “respuesta ninguna”.

Entre las prácticas denunciadas se encuentra la cláusula de paridad (de precios y disponibilidad), que provoca la disposición sobre la tarifa de la OTA en detrimento del establecimiento hotelero, lo cual consideran “abusivo”, y, por lo tanto, “constitutivo de infracción conforme a la regulación del derecho de la competencia”.

Otras prácticas también denunciadas son los niveles de comisión de hasta el 40% sobre la tarifa y el control sobre los huéspedes que realiza la OTA, ya que, con él, las obligaciones derivadas de la gestión de la reserva, incluido el pago del servicio, Booking.com obtiene también el control del cliente.

Cláusula de suspensión unilateral

También ha sido denunciado el sometimiento de los hoteleros a una cláusula de suspensión y rescisión unilateral del contrato, en la que se contienen hasta 20 supuestos en los que Booking.com puede dar por finalizada la relación. Por otra parte, también incluye la exención de responsabilidad, trasladándola al establecimiento hotelero.

Para la AEHM, resulta “desproporcionada” la transición de responsabilidad al establecimiento hotelero en los términos fijados por Booking.com, teniendo en cuenta que el servicio lo realiza este operador.

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