El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes el convenio colectivo de agencias de viajes que la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) y los sindicatos acordaron firmar el pasado mes de julio, que regula, entre otras cosas, el teletrabajo, los permisos retribuidos y la revisión salarial.
El presente convenio entrará en vigor, a todos los efectos, a partir de la fecha de su firma por las partes negociadoras, todo ello sin perjuicio de su publicación en el BOE, y se pacta una vigencia fijada hasta el 31 de diciembre del año 2022.
Por tanto, el texto recoge diversos cambios que incluyen la inclusión del teletrabajo, un ámbito en el que se ha acordado una regulación clara sobre "voluntariedad y reversibilidad", la garantía de igualdad de derechos respecto al trabajo presencial y una compensación económica de los gastos.
Asimismo, se introduce una nueva redacción de los permisos retribuidos, que serán computados en función de los días laborales de cada trabajador, y se aclara el concepto de desplazamiento, que conllevará el traslado fuera de la provincia o entre islas en caso de los archipiélagos.
También se aclara el concepto de ‘servicios receptivos’ excluido del pago del plus de festivos, y se hace una nueva redacción de las pagas extraordinarias.
Con respecto a la revisión salarial, en el convenio no se ha acordado ningún incremento, pero las partes se han comprometido a hacer un seguimiento semestral de la evolución de la actividad del sector y si en 2022 se produce una reactivación económica y se alcanzan los niveles del año 2019, se procederá a realizar un incremento salarial sobre el salario base y plus de transporte/teletrabajo de los trabajadores afectados, consistente en un 1% con efectividad desde el 1 de enero de 2022.
Para Mercedes Tejero, gerente de CEAV, es “muy buena noticia” para un sector que “necesita estabilidad” y agradece el esfuerzo realizado por SPV, UGT y CC OO para llegar a este “importante acuerdo”.