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¿Cómo hay que presentar las excusas ante la designación de mesa electoral?

Este proceso se debe de llevar a cabo en caso de que el ciudadano tenga un viaje contratado

Publicada 26/06/2023

8:50 horas

 - Actualizada 26/06/2023

11:15 horas

La JEC permite la presentación de alegaciones de forma telemática.

La JEC permite la presentación de alegaciones de forma telemática.

La asociación de agencias Acave ha presentado el procedimiento que deben seguir aquellos ciudadanos que tienen un viaje contratado y que les coincide con las elecciones generales del próximo 23 de julio en caso de ser nombrados miembros de mesa electoral.

De esta forma, la Junta Electoral Central (JEC) ha establecido un protocolo común para llevar a cabo las alegaciones y que se pueden presentar de manera online a través del siguiente enlace.

Tal y como explican desde Acave, deben seguirse las instrucciones del formulario para presentar las excusas recogidas en su nombramiento. Los motivos para presentar alegaciones, así como los documentos necesarios para presentar la solicitud, tal y como se recoge en la Instrucción de la Junta Electoral Central.

Las Juntas Electorales de Zona han diseñado la plataforma para la presentación de las alegaciones. En la misma se pueden actuar en nombre propio o en nombre de un tercero en calidad de representante (necesitando acreditarlo deponiendo de un documento en papel común donde la persona nombrada le autorice expresamente a realizar la actuación).

Para la presentación de la alegación de forma telemática es necesario contar con una dirección de correo electrónico, disponer del nombramiento en formato PDF o JPG, así como de la misma que acredita la justificación también de forma digital. En caso de ser representante de otra persona, contar con la autorización en formato digital y disponer de un sistema de acreditación de identidad digital, con DNI electrónico, certificados digitales europeos o el sistema de autentificación Cl@ve.

Desde Acave apuntan que las consultas en relación con la designación de miembros de mesas electorales deben dirigirse a la Junta Electoral de Zona correspondiente al municipio de residencia. Para ello, se tiene que consultar en las siguientes direcciones: Direcciones y teléfonos de las Juntas Electorales de Zona y Junta Electoral de Zona que corresponde a su municipio.

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