Tras la sanción histórica de 413,2 millones de euros que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto a Booking por abuso de posición de dominio, se abre un nuevo marco jurídico en el mercado de la gran intermediación online de la distribución hotelera, según apunta Tourism & Law, despacho de abogados que prestó asesoramiento legal en el proceso a la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM).
La resolución de la CNMC se basa en dos infracciones continuadas: abuso de dominio de tipo explotativo y exclusionario. Concluye que Booking, aprovechándose de su situación de líder en el sector de la intermediación de alojamiento turístico online, impuso a los hoteles cláusulas restrictivas de la competencia, como la paridad de tarifas estrecha, la obligatoriedad de aceptar condiciones en inglés y la sumisión de conflictos a los tribunales de Ámsterdam. Además, también sanciona la falta de transparencia en los programas preferente, preferente plus y genius, que beneficiaba exclusivamente a Booking.
Consecuencias para el sector hotelero
La resolución ha traído ya consigo cambios significativos para los hoteles en sus relaciones con Booking. A partir del 1 de julio de 2024 Booking eliminó la cláusula de paridad estrecha en Europa, ha reconocido la obligatoriedad de las cláusulas en español y ha permitido la resolución de controversias en tribunales españoles.
Estas modificaciones, aunque justificadas en la necesidad de cumplir con la Ley de Mercados Digitales, solo pueden verse como un intento evidente de mitigar el impacto de la sanción.
“De acuerdo con la Ley de Defensa de la Competencia, los hoteles que hayan sufrido las prácticas abusivas de Booking tendrían la posibilidad de solicitar indemnizaciones por daños y perjuicios, siempre que estos sean reales, demostrables y cuantificables, y estén debidamente individualizados. Esto supone una oportunidad para que los establecimientos hoteleros puedan resarcirse del perjuicio sufrido. Ahora bien, si finalmente Booking recurre para que la Audiencia Nacional revise la resolución, dicha reclamación tendría que esperar hasta que no haya un pronunciamiento judicial definitivo”, apunta Hortensio Santos, abogado de Tourism & Law que ha liderado este caso.
Alcance para otras asociaciones y plataformas
Aunque el procedimiento administrativo como tal está cerrado, otras asociaciones podrían comparecer como parte interesada más adelante en el caso de que Booking recurra, como ha anunciado, ante la Audiencia Nacional.
Desde Tourism & Law advierten de que “aún no es el momento para iniciar la solicitud de reclamaciones”, ya que no hay que perder de vista que esta resolución puede ser revisada por la Audiencia Nacional, aunque al mismo tiempo reconocen que ya están trabajando con muchos de sus clientes ofreciendo su asesoramiento para futuras reclamaciones.
Y es que, como responsable del asesoramiento legal de la AEHM durante todo este proceso, Tourism & Law cuenta con el expertise necesario para apoyar al resto de actores del sector una vez llegue el momento de tomar acción. “Sea como fuere, la resolución de la CNMC envía un claro mensaje a otras plataformas de gestión de alojamientos (como Airbnb): que deben ajustar sus comportamientos a las normativas de competencia españolas y europeas, evitando cualquier práctica que pueda ser considerada abusiva o desleal. No obstante, nuestro objetivo ya está cumplido, que es la modificación de las condiciones que Booking aplica a los establecimientos hoteleros en España”, añade Mª Paz Abad, directora de Tourism & Law.
Un hito en la defensa de la competencia
El papel de Tourism & Law ha sido clave en este proceso jurídico diagnosticando la situación de los hoteles afectados y ofreciendo el asesoramiento legal necesario. Su trabajo incluyó la recopilación de testimonios y pruebas documentales, así como la asistencia continua a la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM) durante todo el procedimiento.
“Estamos realmente satisfechos con el trabajo realizado porque se ha logrado que los intereses de los hoteles hayan sido adecuadamente defendidos y recogidos en una resolución sancionadora ejemplar que, sin duda, marca un hito en la defensa de la competencia en nuestro país”, añade Mª Paz Abad.